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Acceso a la Universidad
NUEVO SISTEMA DE ACCESO
A LA UNIVERSIDAD A PARTIR DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
En virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006 de Universidades, las personas que estén
en posesión del título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Deportivo Superior,
Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño y otros títulos equivalentes pueden acceder a la
universidad sin necesidad de realizar una prueba específica.
El Real Decreto 1892/2008 fija en su Anexo II la adscripción de cada familia profesional de estos
títulos de procedencia con una de las ramas de conocimiento en las que se estructuran los estudios
universitarios oficiales. Mediante la adscripción se fijan las preferencias a la hora de adjudicar las
plazas de los estudios universitarios ofertados.
El Capítulo IV de este Real Decreto, modificado por el Real Decreto 558/2010, establece las
condiciones específicas de acceso por esta vía.
En el caso de que el número de solicitudes sea superior al de plazas, se fija un procedimiento
adicional que establece una nota de admisión, ya que los estudiantes pueden presentarse a la fase
específica de las Pruebas de Acceso a la Universidad para mejorar su nota. Según señala el Real
Decreto, dicha fase específica se ajustará a los siguientes criterios:
•
A)
Cada estudiante podrá realizar un máximo de cuatro ejercicios a su elección. Cada
ejercicio estará relacionado con un tema del temario establecido a este efecto para
cada una de las enseñanzas relativas a los títulos de Técnico Superior, Técnico
Superior de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo Superior. El Ministerio de
Educación, previa consulta a las Comunidades Autónomas, definirá y desarrollará los
tres temarios y adscribirá cada tema a las ramas de conocimiento en que se
estructuran las enseñanzas universitarias oficiales de Grado
•
B)
Cada ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá
elegir una.
•
C)
Cada uno de los ejercicios de los que se examine el estudiante en esta fase específica
se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales. Se considerará superado el
ejercicio cuando se obtenga una calificación igual o superior a 5 puntos.
•
D)
Las universidades públicas utilizarán para la adjudicación de las plazas la nota de
admisión que corresponda, que se calculará con la siguiente fórmula y se expresará
con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en caso de
equidistancia a la superior.
Nota de admisión = NMC + a*M1 + b*M2
NMC = Nota media del ciclo formativo.
M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos ejercicios superados de la fase específica que
proporcionen mejor nota de admisión.
a, b = parámetros de ponderación de los ejercicios de la fase específica.
Los coeficientes de ponderación pueden ser variables. De forma general se establece el
coeficiente 0,1, pero las universidades pueden elevarlo a 0,2 en los módulos que, como cita el
Real Decreto, "consideren más idóneos para seguir con éxito" las enseñanzas oficiales de Grado".
Finalmente "la nota de admisión incorporará las calificaciones de los ejercicios de la fase
específica, en el caso de que los temas sobre los que versan estén adscritos a la rama de
conocimiento del título al que se pretende acceder, de acuerdo con la adscripción a que se hace
referencia" en el apartado a citado anteriormente.
Se celebrarán dos convocatorias al año y la validez de la calificación de la fase específica
tendrá una validez de dos años.